dimarts, de març 13, 2007

Quien la hace la paga




El proyecto de Ley de de Responsabilidad Medioambiental, aprobado por el Gobierno, establece la máxima de que quien contamine, deberá pagar por ello. La gran novedad es que el pago es la reparación del daño causado, y no la tradicional multa que salía a cuenta pagar. Puede que esto sea, a la larga, mucho más eficaz que un régimen sancionador severo como el que también contempla el proyecto de ley. Sin embargo, es imprescindible que tan loables intenciones no se conviertan en una carga inútil para las empresas.

Los contribuyentes tenemos buenos motivos para alegrarnos. El accidente en la balsa minera de Boliden, junto a Doñana, nos ha costado a todos hasta la fecha 75 millones de euros. La descontaminación del pantano de Flix, en Tarragona, nos costará 150 millones. Boliden se llevó una buena multa, pero muy inferior al coste del estropicio. El embalse tarraconense, ni una multa de esas que salían más a cuenta que tomar medidas preventivas.

Por eso es tan importante el giro. No sólo que habrá que pagar la limpieza de lo que uno ensucie, introduciendo en un país de Viva la virgen la cultura de dar la cara por lo que uno hace. Es que, además, el cambio de enfoque hará que en principio salga a cuenta prevenir.

No dudamos que las aseguradoras y los bancos se estarán frotando las manos ante la perspectiva de nuevo negocio que se les presenta, ya que si los daños potenciales superan los 300.000 euros (una auténtica minucia dadas las circunstancias que acostubram a concurrir en estos casos) será obligatorio un seguro o garantía financiera. Y tampoco dudamos que habrá empresas que echarán sus cálculos y preferirán pagar la póliza o el aval antes que tomar medidas para no contaminar, con lo que poco o nada habríamos ganado. Al menos nos queda el consuelo de que la broma, llegado el caso, no la pagaremos los contribuyentes.

Pero también por eso es positivo que el Estado se reserve la potestad de sancionar, no mediante multas que no duelen o duelen menos que sus alternativas, sino cerrando las empresas implicadas. Es triste decirlo, pero una sanción que no duela no sirve para nada.

Cuando la ley sea aprobada, vendrá la parte realmente difícil. Dado que la empresa debe avalar o asegurar el riesgo potencial, habrá que calcular éste. El propio proyecto da al minisiterio de Medio Ambiente un plazo de tres años para desarrollar una metodología de cálculo. La ministra Narbona parece que quiera operar por la vía rápida y ya ha encargado dos pruebas piloto, a realizar en una industria química y en una explotación porcina, ambas situadas en Catalunya.

Dicha metodología de cálculo es absolutamente vital. Porque la futura ley está amparada en muy buenas razones, pero no debería convertirse en un engorro inútil para las empresas. El riesgo potencial, cuya penalización se presta a muchas discusiones, no debería llevar la carga añadida de ser sobrevalorado.

Hay elementos en el proyecto de ley que confirman que la eficacia puede ser compatible con una dosis muy deseable de flexibilidad. Por ejemplo, los riesgos evaluados en menos de 300.000 euros (una minucia en estas cuestiones), o los que deriven del uso de productos químicos con fines agrícolas, no deberán constituir garantía previa (lo que no quiere decir que esten exentos de responsabilidad). También estarán exentos de avalar o asegurar, hasta dos millones de euros, las empresas que cuenten con una certificación medioambiental tipo ISO 14001: no sólo a la empresa certificada se le suponen unos mínimos, sino que ello incentivará la mejora continua de las empresas. Finalmente, quedan exentas las administraciones públicas y las contratistas de obras públicas, siempre que los proyectos cuenten con una declaración de impacto ambiental. Como en el caso de la certificación, a dicha declaración el valor se le supone.