Togas jóvenes
Andan soliviantados los abogados jóvenes y los estudiantes de Derecho por el proyecto legislativo que les obligará a cursar unos estudios complementarios tras su licenciatura ya efectuar unas prácticas, antes de poder ejercer de forma efectiva su profesión. Enunciado así, cualquiera puede estar de acuerdo. Pero si aceptamos que la actual licenciatura de Derecho es insuficiente para que un abogado ejerza ante un tribunal con plenas garantías, también cabe hacer algunas consideraciones adicionales:
–Un recién licenciado siempre está falto de experiencia, pero sorprende que no se plantee la misma necesidad de formación complementaria para otras titulaciones. Un abogado inexperto puede ser una carga más que una ayuda para sus clientes, de acuerdo, pero ¿lo es más que un médico, un arquitecto o un economista?
–Habría que plantearse si la profesión de abogado es la única que deriva de la licenciatura en Derecho. Si entendemos por abogado a quien representa los intereses de sus clientes antre los tribunales de justicia, debemos decir que sólo una parte, aunque importante, de los licenciados pueden ser considerados propiamente como abogados.
–¿Cómo clasificamos, entonces, a tantos profesionales del Derecho que trabajan como letrados en la Administración o que ejercen como asesores jurídicos en instituciones y empresas de todo tipo, sin haber pisado jamás una sala de vistas? Una antigua secretaria de un ayuntamiento de nuestra zona rechazaba para sí la denominación de abogada y prefería la de licenciada en Derecho. Seguramente sin proponérselo, daba en el clavo de la cuestión.
–La Universidad y los colegios de abogados llevan décadas luchando por controlar el acceso a la profesión. Las facultades de Derecho han mantenido la impertérrita opinión de que con ellas basta, mientras que las organizaciones colegiales siempre han reclamado una última palabra, al menos a título de formación complementaria. Triste es decirlo, pero la cruda verdad es que la formación de los abogados noveles cuenta bien poco en esta historia.
–En fin, no le vemos mayor problema a la cosa si tenemos en cuenta que el título universitario va a seguir siendo imprescindible y que se trata de una profesión de colegiación obligatoria. Dicho de otra forma, con formación complementaria o sin ella, cualquier abogado va a necesitar ambos requisitos para ejercer. ¿Porqué crear un problema dónde no existe, aunque sea porque no queda más remedio?
–No nos parece mal, como principio general, que los abogados noveles sean supervisados y evaluados, antes de su acceso definitivo al ejercicio, por otros profesionales de mayor experiencia. Pero se nos suscita la duda de si dicha evaluación puede ser objetiva, estando implicados en ella, como examinadores y examinandos, personas que van a competir profesionalmente. No es que dudemos de los abogados veteranos, pero el sistema que prevé el anteproyecto de futura normativa no ofrece suficientes garantías.
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